GLOSARIO PRACTICO DE BIOSEGURIDAD
Ya que varios de nuestros lectores se desempeñan en el área del mejoramiento y asesoría de imagen, por esta razón queremos facilitarles algunas definiciones que son de gran practicidad tanto para usuarios como profesionales en esta área.
GLOSARIO BÁSICO:
Agente patógeno: Es todo agente biológico capaz de producir
infección o enfermedad infecciosa en un huésped.
Atención en Salud: Se define como el conjunto de servicios
que se prestan al usuario en el marco de los procesos propios del
aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones
asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento
y rehabilitación que se prestan a toda la población.
Atención Extramural: Es la atención en salud en espacios no
destinados a salud o espacios de salud de áreas de difícil acceso que cuenta
con la intervención de profesionales, técnicos y/o auxiliares del área de la
salud y la participación de su familia, hacen parte de esta atención las
brigadas, jornadas, unidades móviles en cualquiera de sus modalidades y la
atención domiciliaria.
Bioseguridad: Es el conjunto de medidas preventivas que
tienen por objeto minimizar el factor de riesgo que pueda llegar a afectar la
salud humana y el ambiente.
Fluidos corporales de alto riesgo: Se aplican siempre a la
sangre y a todos los fluidos que contengan sangre visible. Se incluyen además
el semen, las secreciones vaginales, el líquido cefalorraquídeo y la leche
materna. Se consideran de alto riesgo por constituir fuente de infección cuando
tienen contacto con piel no intacta (con heridas), mucosas o exposición percutánea con
elementos cortopunzantes contaminados con ellos.
Fluidos corporales de bajo riesgo: Se aplican a las
deposiciones, secreciones nasales, transpiración, lágrimas, orina o vómito, a
no ser que contengan sangre visible, caso en el cual serán considerados de alto
riesgo.
Generador: Es toda persona natural o jurídica, pública o
privada que produce o genera residuos en el desarrollo de las actividades
contempladas en el artículo 2° del decreto 351 del 2014.
Gestión interna: Es la acción desarrollada por el generador,
que implica la cobertura, planeación e implementación de todas las actividades
relacionadas con la minimización, generación, segregación, movimiento interno,
almacenamiento interno y/o tratamiento de residuos dentro de sus instalaciones.
Gestor o receptor de residuos peligrosos: Persona natural o
jurídica que presta los servicios de recolección, almacenamiento, transporte,
tratamiento, aprovechamiento y/o disposición final de residuos peligrosos,
dentro del marco de la gestión integral y cumpliendo con los requerimientos de
la normatividad vigente.
Manual para la gestión integral de residuos generados en la
atención en salud y otras actividades: Es el documento mediante el cual se
establecen los procedimientos, procesos, actividades y/o estándares que deben
adoptarse y realizarse en la gestión integral de todos los residuos generados
por el desarrollo de las actividades de que trata el presente decreto.
Recolección: Es la acción consistente en retirar los
residuos del lugar de almacenamiento ubicado en las instalaciones del generador
para su transporte.
Residuo peligroso: Es aquel residuo o desecho que por sus
características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables,
infecciosas o radiactivas, puede causar riesgos o efectos no deseados, directos
e indirectos, a la salud humana y el ambiente. Así mismo, se consideran
residuos peligrosos los empaques, envases y embalajes que estuvieron en
contacto con ellos.
Tratamiento de residuos peligrosos: Es el conjunto de
operaciones, procesos o técnicas mediante el cual se modifican las
características de los residuos o desechos peligrosos, teniendo en cuenta el
riesgo y grado de peligrosidad de los mismos, para incrementar sus
posibilidades de aprovechamiento y/o valorización o para minimizar los riesgos
para la salud humana y el ambiente.
Ampliación de tema y otras normas legales vigentes en:
http://distribucionesltda.wix.com/imagenysalud
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